CDI. Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. México
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Instalación del Consejo Consultivo PDF Imprimir E-mail
Martes, 17 de Marzo de 2009 18:00
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Consejo ConsultivoLa Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas instaló el día de 29 de junio de 2004 su Consejo Consultivo, el cual está integrado por representantes de los distintos pueblos indígenas del país, de los gobiernos de las entidades federativas, de organizaciones sociales, de instituciones académicas y de investigación, así como de legisladores federales.

El Consejo Consultivo es un órgano colegiado y plural, que tiene como propósito analizar, opinar y hacer propuestas a la Junta de Gobierno y al Director General de la CDI sobre las políticas, programas y acciones públicas para el desarrollo de los pueblos indígenas. El Consejo sesionará de manera trimestral y será presidido por un representante indígena.

Está conformado por 123 consejeros representantes de los pueblos indígenas; 6 consejeros representantes de instituciones académicas y de investigación nacionales; 12 consejeros representantes de organizaciones sociales; 7 consejeros integrantes de las mesas directivas de las Comisiones de Asuntos Indígenas de las Cámaras de Diputados y Senadores; así como 32 consejeros representantes de los gobiernos de las entidades federativas.

El Consejo sesionó por tres días, donde se elegió a su presidente; se instalaron las Comisiones Coordinadora y de Honor; se analizaron y aprobaron el reglamento interior; se definió el trabajo y el calendario de sesiones; así como la creación de grupos de trabajo, que abordarán los temas de: desarrollo cultural, desarrollo económico sustentable, educación intercultural, equidad y género, infraestructura comunitaria, vigencia de derechos y autonomía, tierras y territorios, entre otros.

Cabe recordar que la CDI es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, y patrimonio propio, que ahora cuenta con un Consejo Consultivo y una Junta de Gobierno integrada por los titulares de las secretarías de Gobernación; Hacienda y Crédito Público; Economía; Desarrollo Social; Medio Ambiente y Recursos Naturales; Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Comunicaciones y Transportes; Función Pública; Trabajo y Previsión Social; Educación Pública; Salud; Reforma Agraria; Turismo; y la Directora General de la esta Comisión.

El pasado 18 de septiembre de 2003, el presidente de la República, Vicente Fox, designó como Presidente de dicha Junta, al Secretario de Gobernación, Santiago Creel Miranda.

La instalación de este Consejo estuvo encabezado por el Secretario de Gobernación y Presidente de la Junta de Gobierno, Santiago Creel Miranda; y por la Directora General de la CDI, Xóchitl Gálvez Ruiz.

El acto se llevó a cabo el 29 de junio de 2004, en el Radisson Hotel Flamingos, ubicado en Av. Revolución 333, colonia Tacubaya, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F.

1.  Fundamento Legal del Consejo

El Consejo Consultivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, CDI, está previsto en los artículos 12 de la Ley de la Comisión, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 2003, y 8 y 17 del Estatuto Orgánico de la misma, publicado el viernes 23 de abril de 2004.

2. Función del Consejo

El Consejo Consultivo es un órgano colegiado y plural, que tiene como propósito analizar, opinar y hacer propuestas a la Junta de Gobierno y al Director General de la CDI sobre las políticas, programas y acciones públicas para el desarrollo de los pueblos indígenas. El Consejo Consultivo es un órgano de consulta y vinculación de la CDI con los pueblos indígenas y la sociedad. Será presidido por un representante indígena.

3.  Tiempo de los Consejeros

Los consejeros cubrirán un periodo de dos años y sesionarán de manera trimestral.

4.  Integración del Consejo

El Consejo tiene 180 integrantes, de acuerdo con la Reglamentación expedida por la Junta de Gobierno de la CDI, en su sesión del 9 de diciembre de 2003:

I. 123 Consejeros representantes de los pueblos indígenas;

II. 6 Consejeros representantes de instituciones académicas y de investigación nacionales;

III. 12 Consejeros representantes de organizaciones sociales;

IV. 7 Consejeros integrantes de las mesas directivas de las Comisiones de Asuntos Indígenas de ambas Cámaras del Congreso de la Unión; y

V. 32 Consejeros representantes de los gobiernos de las entidades federativas

5.  Selección de integrantes del Consejo

I. En el Consejo Consultivo habrá participación de los 62 pueblos indígenas de México oficialmente identificados. La participación será proporcional y estará fijada por el volumen de la población indígena en hogares (PHI).

El número de consejeros pertenecientes a pueblos indígenas se determina sobre la base de una fórmula que combina un criterio matemático y un criterio estadístico. Se establece una clasificación compuesta por 5 categorías, cada una de las cuales comprende un cierto número de grupos etnolingüísticos. El número de consejeros aumentará progresivamente según la categoría en la que se ubiquen los grupos etnolingüísticos.

La suma de estas variables arroja un total de 123 consejeros pertenecientes a pueblos indígenas.

II. El nombramiento de los consejeros representantes de instituciones académicas y de investigación nacionales, recaerá en un especialista de reconocida trayectoria y amplio conocimiento en materia indígena por cada una de las siguientes instituciones: Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH); Centro de Investigación y Estudios Superiores en Antropología Social (CIESAS); Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM); Universidad Pedagógica Nacional (UPN); Universidad Autónoma de Chapingo (UACH); Instituto Politécnico Nacional (IPN)

III. Los consejeros que representen a las organizaciones sociales que trabajan con pueblos y comunidades indígenas, deberán pertenecer a una organización legalmente constituida, cuyo objeto social señale expresamente el trabajo y compromiso con los pueblos indígenas; tener una experiencia mínima de 10 años de trabajo; contar con reconocimiento social en el pueblo, región o regiones indígenas en las que haya trabajado, así como transparencia, probidad y honestidad en el manejo de sus recursos humanos, materiales y financieros; y no tener filiación partidista.

Las organizaciones sociales invitadas representan cada uno de los siguientes temas:

  • Desarrollo económico sustentable
  • Infraestructura comunitaria
  • Red de comunicaciones
  • Medio ambiente y recursos naturales
  • Salud y medicina tradicional
  • Vigencia de derechos y autonomía
  • Participación y representación de pueblos indígenas
  • Tierras y territorios
  • Educación intercultural
  • Desarrollo cultural
  • Equidad y género
  • Migrantes indígenas

6.  Objetivos de la Primera Sesión Ordinaria del Consejo Consultivo: 29 de junio al 1 de julio de 2004

a) Instalación del Consejo Consultivo y celebración de su Primera Sesión Ordinaria

  • Análisis y aprobación del reglamento interior
  • Instalación de Grupos de Trabajo de acuerdo con las líneas generales de desarrollo integral de los pueblos indígenas:
  • Desarrollo cultural
  • Desarrollo económico sustentable
  • Educación intercultural
  • Equidad y género
  • Infraestructura comunitaria
  • Medio ambiente y recursos naturales
  • Indígenas migrantes y urbanos
  • Participación y representación de los pueblos indígenas
  • Red de Comunicaciones
  • Salud y medicina tradicional
  • Tierras y territorios
  • Vigencia de derechos y autonomía

b) Instalación de la Comisión Coordinadora y la Comisión de Honor

c) Elección del Presidente que siempre debe ser integrante de alguno de los pueblos indígenas, según la Ley de la CDI

d) Definición del Programa de Trabajo y del calendario de sesiones

(PDF)


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Última actualización el Jueves, 18 de Marzo de 2010 12:38
 
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