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| Convocatoria dirigida a las OSC para que presenten propuestas de proyectos productivos mediante la mezcla de recursos propios o de otros con el PROCAPI |
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| Escrito por Webmaster | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Lunes, 04 de Junio de 2012 16:11 | ||||||||||||||||||||||||||||||
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COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS CONVOCATORIA dirigida a las organizaciones de la sociedad civil orientadas a contribuir a elevar la calidad de vida de la población indígena, incrementando la producción de las actividades económicas mediante la instalación de proyectos productivos rentables y sustentables surgidos con el consenso de los indígenas, para que presenten propuestas de proyectos productivos mediante la mezcla de recursos propios o de otros con el Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena (PROCAPI) de la CDI por medio de convenios de concertación. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.
CONVOCATORIA DIRIGIDA A LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ORIENTADAS A CONTRIBUIR A ELEVAR LA CALIDAD DE VIDA DE LA POBLACION INDIGENA, INCREMENTANDO LA PRODUCCION DE LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS MEDIANTE LA INSTALACION DE PROYECTOS PRODUCTIVOS RENTABLES Y SUSTENTABLES SURGIDOS CON EL CONSENSO DE LOS INDIGENAS, PARA QUE PRESENTEN PROPUESTAS DE PROYECTOS PRODUCTIVOS MEDIANTE LA MEZCLA DE RECURSOS PROPIOS O DE OTROS CON EL PROGRAMA DE COORDINACION PARA EL APOYO A LA PRODUCCION INDIGENA (PROCAPI) DE LA CDI POR MEDIO DE CONVENIOS DE CONCERTACION XAVIER ANTONIO ABREU SIERRA, Director General de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, con fundamento en los artículos 74, 75, 76, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como en los artículos 174, 175, 176, 178, 179, 180 y 181 de su Reglamento; 4 y 69-H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 33 y 34 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, así como los artículos 2 y 11 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, y
CONSIDERANDO De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 11 de su Ley, el Director General de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, aprobó la modificación al Programa sujeto a Reglas de Operación. Que el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con objeto de asegurar la aplicación eficaz, eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, diversos programas, entre los que se encuentra el Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el cual se debe sujetar a Reglas de Operación, conforme a los requisitos, criterios e indicadores que el mismo precepto legal establece. Que los programas de subsidio del Ramo Administrativo 6 que ejecuta la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, se destinan exclusivamente al desarrollo de los pueblos indígenas de acuerdo con los criterios de la misma Comisión, a través de acciones que promuevan el desarrollo integral de las personas, comunidades y familias, la generación de ingresos y de empleos, y el desarrollo local y regional de dichos pueblos. Que en este marco, dichas Reglas de Operación fueron autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictaminadas por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria a efecto de que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación, mediante el oficio COFEME/11/3162 de fecha 13 de diciembre del año 2011, emitiéndose la autorización y el dictamen correspondiente a las Reglas de Operación de los Programas Albergues Escolares Indígenas, de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena, Fomento y Desarrollo de las Culturas Indígenas, Fondos Regionales Indígenas, Organización Productiva para Mujeres Indígenas, Promoción de Convenios en Materia de Justicia, Turismo Alternativo en Zonas Indígenas e Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas, y Programa de Acciones para la Igualdad de Género con Población Indígena a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2011. Que en el marco del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena (PROCAPI), se convoca a las organizaciones de la sociedad civil orientadas a contribuir a elevar la calidad de vida de la población indígena, incrementando la producción de las actividades económicas mediante la instalación de proyectos productivos rentables y sustentables surgidos con el consenso de los indígenas, para que presenten propuestas de proyectos productivos mediante la mezcla de recursos propios o de otros con el Programa de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas por medio de convenios de concertación, por lo que he tenido a bien expedir el Acuerdo: Unico. Se emite y publica la convocatoria dirigida a las organizaciones de la sociedad civil orientadas a contribuir a elevar la calidad de vida de la población indígena, incrementando la producción de las actividades económicas mediante la instalación de proyectos productivos rentables y sustentables surgidos con el consenso de los indígenas, para que presenten propuestas de proyectos productivos mediante la mezcla de recursos propios o de otros con el Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena (PROCAPI) de la CDI por medio de convenios de concertación. CONVOCATORIA DIRIGIDA A LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ORIENTADAS A CONTRIBUIR A ELEVAR LA CALIDAD DE VIDA DE LA POBLACION INDIGENA, INCREMENTANDO LA PRODUCCION DE LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS MEDIANTE LA INSTALACION DE PROYECTOS PRODUCTIVOS RENTABLES Y SUSTENTABLES SURGIDOS CON EL CONSENSO DE LOS INDIGENAS, PARA QUE PRESENTEN PROPUESTAS DE PROYECTOS PRODUCTIVOS MEDIANTE LA MEZCLA DE RECURSOS PROPIOS O DE OTROS CON EL PROGRAMA DE COORDINACION PARA EL APOYO A LA PRODUCCION INDIGENA (PROCAPI) DE LA CDI POR MEDIO DE CONVENIOS DE CONCERTACION. CRITERIOS Y REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD
BASES: 1. Las solicitantes deberán cumplir con todos los requisitos enumerados anteriormente. 2. Sólo se considerarán solicitudes de organizaciones que no adeuden informes y/o comprobaciones de apoyos de programas operados por la CDI. 3. Ningún Servidor público podrá formar parte del padrón de beneficiarios o del cuerpo directivo de la organización participante, ni recibir pago alguno por colaborar en el proyecto. 4. El financiamiento de los proyectos estará condicionado a la aprobación del presupuesto de la CDI y a la disponibilidad presupuestal, considerando la elegibilidad del proyecto acorde a las Reglas de operación vigentes del PROCAPI. 5. La decisión de la CDI será inapelable.
PROCEDIMIENTO: 1. La organización interesada deberá integrar la solicitud de apoyo conforme a las Reglas de Operación vigentes del PROCAPI y lo estipulado en la presente convocatoria. 2. Entregar los documentos requeridos en el apartado de CRITERIOS Y REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD de la presente convocatoria, a la Delegación de la CDI o Centro Coordinador para el Desarrollo Indígena (CCDI) que corresponda al espacio territorial del proyecto. 3. La Dirección del Programa en su caso, propondrá las modificaciones al proyecto que permitan su viabilidad, si la OSC acepta las observaciones propuestas, deberá modificar el proyecto en un plazo no mayor a quince (15) días naturales siempre y cuando no rebase la fecha límite para la recepción de documentos marcada en esta convocatoria. De no cumplir con este tiempo se dará por cancelada la solicitud. 4. Para mayor información consultar la dirección en internet: http://www.cdi.gob.mx/ o comunicarse a la Delegación estatal y/o Centro Coordinador para el Desarrollo Indígena más cercano o al Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena de la CDI al teléfono 01 55 91 83 21 00, extensiones 8532 y 8542. 5. La fecha límite para la recepción de documentos será el 21 de junio del año 2012 a las 15:00 horas. 6. A más tardar treinta (30) días hábiles después del cierre de la presente convocatoria, se darán a conocer los resultados mediante publicación en este mismo medio. México, D.F., a 19 de abril de 2012.- El Director General, Xavier Antonio Abreu Sierra.- Rúbrica. (R.- 347502) |
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| Última actualización el Lunes, 04 de Junio de 2012 16:20 |