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I. Establecer las normas y procedimientos para garantizar la legalidad, objetividad, imparcialidad y equidad en el ingreso y promoción de sus servidores públicos con base en la competencia por mérito y la igualdad de oportunidades; II. Fomentar en sus integrantes la identificación con la CDI y sus fines; III. Lograr la formación, capacitación, permanencia y movilidad de sus integrantes, con base en expectativas ciertas de desarrollo de la CDI, mediante una carrera como funcionario profesional de la institución; IV. Exigir en sus miembros un desempeño eficiente, eficaz e imparcial que garantice el cumplimiento de los objetivos institucionales, y V. Otorgar certeza jurídica a su personal.
Implantación del SPC La Coordinación General de Administración y Finanzas, a través de la Dirección de Recursos Humanos y Organización llevará a cabo la instrumentación de un proceso de ingreso, mediante el cual se determinará la incorporación al SPC del personal de mando de la Comisión que se encuentre ocupando alguno de los siguientes puestos sujetos del Servicio:
Así como dichos puestos en su carácter de adjuntos, homólogos o equivalentes; incluye a los delegados y administradores estatales y directores de CDI. Quedan exceptuados del SPC los puestos y personal que establece el artículo 6º del Estatuto del Servicio Profesional de Carrera de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. Para que un servidor público de la Comisión pueda obtener el carácter de miembro del SPC deberá aprobar la certificación de las capacidades técnicas y gerenciales del puesto que ocupa, así como la evaluación del desempeño. Los mecanismos mediante los cuales se llevarán a cabo las acciones de implantación serán comunicados por la drho con la debida oportunidad. Es importante señalar que el personal de mando que se encuentre ocupando alguno de los puestos mencionados deberá incorporarse al SPC.
El personal de base de la Comisión podrá incorporarse al SPC, siempre y cuando concurse y gane la ocupación de una plaza vacante sujeta a éste. Beneficios al personal Alguno de los beneficios más importantes que obtendrá el personal como miembro del SPC son:
Procesos que conforman el Servicio El SPC operará a través de los siguientes procesos:
Marco jurídico Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 2003. Estatuto del Servicio Profesional de Carrera de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2006. Si tienes alguna duda o pregunta te puedes dirigir a la Subdirección del SPC dependiente de la Dirección de Recursos Humanos o a la siguiente dirección de correo electrónico: spcingreso@cdi.gob.mx donde te brindaremos atención permanente.
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