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Los Derechos Tradicionales
sobre Recursos (DTR) son descritos como “un
concepto de derechos integrados que reconoce la unión
inextricable entre la diversidad biológica
y cultural”[1]. El concepto
define una colección de “paquetes de
derechos que se traslapan y sostienen mutuamente”
los cuales “pueden ser usados para la protección,
compensación y conservación”.
Los derechos tradicionales sobre recursos son vistos
de una manera más completa que los derechos
de propiedad intelectual. Establecen el esquema de
consideraciones que pueden necesitarse para tomarlos
en cuenta cuando se desarrollan sistemas para compartir
los beneficios por el uso de recursos genéticos
y conocimiento asociado. Posey and Dutfield argumentan
que “los DTR no sólo buscan proteger
el conocimiento relacionado con recursos biológicos
sino también afirmar el derecho de los indígenas
a la autodeterminación y su derecho a salvaguardar
su cultura en el sentido más amplio”.
Por su aplicación a nivel local, nacional e internacional, los DTR pueden proporcionar una fuente de principios para guiar el desarrollo de las legislaciones; asimismo, el diálogo entre comunidades indígenas y locales, agencias gubernamentales y organizaciones no gubernamentales. A partir de una amplia variedad de instrumentos legales internacionales se han definido 16 categorías que estructuran colectivamente a los DTR: humanos, a la autodeterminación, colectivos, sobre la tierra y territoriales, a la libertad religiosa, al desarrollo, a la privacidad, la integridad ambiental, de propiedad intelectual, de vecindad, de establecer contratos legales de propiedad cultural, a proteger su cultura, a proteger la herencia cultural, el conocimiento de los paisajes culturales, el reconocimiento de leyes consuetudinarias y los usos y costumbres.
[1] D.A. Posey y G. Dutfield, Beyond
Intellectual Property: Toward Traditional Resource
Rights for Indigenous Peoples and Local Communities,
Idrc, Canada, 1996.
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